Páginas

viernes, 15 de noviembre de 2013

¿Cómo está constituído y como opera el SADI(Sistema Argentino de Interconexión) en 2013?



El SADI, fue antiguamente llamado SIN (Sistema Interconectado Nacional). En el siguiente mapa(Fig.1), actualizado a octubre de 2013, que Ud podrá ampliar haciendo click sobre la imagen, accediendo así a una versión PDF, todas las líneas en rojo son líneas de extra alta tensión(500KV). Las líneas rojas que están sobre el mapa de la Argentina, constituyen el SADI.

Desde septiembre de 2013, en que entró en servicio el último tramo patagónico: Pico Truncado-Piedra Buena, Piedra Buena-La Esperanza, La Esperanza-El Calafate, La Esperanza-Río Gallegos y La Esperanza-Río Turbio, que comprende exactamente 936 kilómetros de extensión, quedó completamente interconectado todo el territorio nacional mediante el SADI.


Fig.1

Las Partes del Estado Nacional que intervienen

Para introducirnos en el tema, comenzaremos observando como está estructurado el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (Fig. 2). Vemos que la Secretaría de Energía(SE), que actúa como máxima autoridad en el aspecto eléctrico, depende directamente del Ministro. Además en la parte inferior del organigrama se pueden apreciar todos los entes que funcionan dentro del ministerio con administración descentralizada.

Fig. 2

En la Fig.3 se puede ver con más detalle todo lo que depende de la Secretaría de Energía. En particular en lo concerniente a lo relacionado con la electricidad, se distinguen el ENRE(Ente Nacional Regulador de la Electricidad), la CNEA(Comisión Nacional de Energía Atómica), la UESTY(Unidad Especial del Sistema de Transmisión de Yacyretá), la EBY(Entidad Binacional Yacyretá), la NASA(Nucleoeléctrica Argentina S.A.), Emprendimientos Energéticos Binacionales S.A. y ENARSA(Energía Argentina S.A.).

Fig. 3

El MEM(Mercado Eléctrico Mayorista)

Mediante la Ley 24065, de diciembre de 1991, se definió el MEM (Mercado Eléctrico Mayorista) para toda la República Argentina. Los agentes reconocidos del MEM son: a)Generadores de energía eléctrica; b)Transportistas de energía eléctrica; c)Distribuidores de Energía eléctrica; d)Grandes Usuarios de energía eléctrica. Las empresas comercializadoras y los medianos y pequeños usuarios no son agentes, sino simples actores.(Artículo 4º)



Fig. 4

a)Generadores : Se considera generador a quien, siendo titular de una central eléctrica adquirida o instalada en los términos de esta ley, o concesionarios de servicios de explotación de acuerdo al artículo 14 de la ley 15.336, coloque su producción en forma total o parcial en el sistema de transporte y/o distribución sujeto a jurisdicción nacional (Artículo 5º). Los generadores podrán celebrar contratos de suministro directamente con distribuidores y grandes usuarios. Dichos contratos serán libremente negociados entre las partes (ARTICULO 6º). Quienes reciban energía en bloque, por pago de regalías o servicios, podrán comercializarla de igual manera que los generadores (Artículo 8º).

b)Transportistas: Se considera transportista a quien, siendo titular de una concesión de transporte de energía eléctrica otorgada bajo el régimen de la presente ley, es responsable de la transmisión y transformación a ésta, vinculada desde el punto de entrega de dicha energía por el generador, hasta el punto de recepción por el distribuidor o gran usuario, según sea el caso.Tienen prohibida la compra/venta de energía eléctrica. (Artículo 7º).

c)Distribuidores: Se considera distribuidor a quien, dentro de su zona de concesión es responsable de abastecer a usuarios finales que no tengan la facultad de contratar su suministro en forma independiente (Artículo 9º).

d)Grandes Usuarios : Respecto de los grandes usuarios, como agentes del mercado eléctrico, la ley considera así a quienes tienen la facultad de contratar en forma independiente y para consumo propio su abastecimiento de energía, ya sea con un generador o con un distribuidor. La Secretaría de Energía, por su parte, es quien está facultada para establecer los módulos de potencia, de energía y demás parámetros técnicos que caracterizan al gran usuario. Así ha dividido a los grandes usuarios en tres categorías: GUMA, GUME y GUPA.

Fig. 5

GUMA (Gran Usuario Mayor):
Requisitos para ingresar al MEM como agente: Demanda de Potencia 1MW ; Consumo de Energía anual 4.380MWh. Debe realizar acuerdo de suministro con un Generador o Comercializador por al menos sobre el  50% de su demanda de energía prevista, o una curva de demanda horaria predefinida. Plazo mínimo del acuerdo, 12 meses. Precio acordado libremente con el generador, fijo o variable. Instalar un SMEC (Sistema de Medición Comercial), medidor con registro cada quince minutos, con acceso para lectura remota por CAMMESA. Realizar acuerdo con Distribuidora sobre le tarifa de peaje.

GUME (Gran Usuario Menor):
Requisitos para ingresar al MEM como agente: Demanda de Potencia 30 KW y 2MW.Debe realizar acuerdo de suministro con un Generador por el 100% de su demanda de energía real. Precio acordado libremente con el generador. Realizar acuerdo con Distribuidora sobre le tarifa de peaje y medición. Una vez ingresado al MEM recibirá tres facturas para cada mes de consumo: a)La correspondiente al Generador por potencia y energía; b) La correspondiente a CAMMESA por otros cargos; c)La correspondiente a la distribuidora por el servicio de peaje.

GUPA (Gran Usuario Particular):
Requisitos para ingresar al MEM como agente: Demanda de potencia 30 KW y 100 KW.
Debe realizar acuerdo de suministro con un Generador por el 100% de su demanda de energía real. Precio acordado libremente con el generador. Realizar acuerdo con Distribuidora sobre le tarifa de peaje y medición.
Las fechas de ingreso al MEM y de renovación de contratos para GUMA, GUME y GUPA son: 01 de febrero; 01 de mayo; 01 de agosto; 01 de noviembre.
Una vez ingresados al MEM, GUMA y GUPE recibirán dos facturas para cada mes de consumo: a)La correspondiente al Generador por potencia y energía; b) La correspondiente a la distribuidora por el servicio de peaje.

Existe una 4ta categoría, que si bien no es habilitada como agente del MEM, puede contratar el suministro a un generador, pero a través de la Distribuidora(o Cooperativa):

GUDI (Gran Usuario de Distribuidora):
Requisito: Demanda de Potencia >300 KW.
Esta categoría no requiere el ingreso del cliente como agente del MEM. .

Comercializadoras: Las comercializadoras cumplen un rol importante en el mercado eléctrico, ya que actúan como intermediarios, no sólo comprando y vendiendo energía, sino también acercando a la oferta y la demanda y aconsejando estrategias de compra a distribuidores y grandes usuarios. No son consideradas agentes del MEM.


Comercialización de la energía dentro del MEM

Las operaciones comerciales de compra y venta de la energía, se efectúan a través de tres formas diferentes:

Mercado Spot: Donde los precios varían en forma horaria de acuerdo a los requisitos y la disponibilidad de equipos que haya en cada momento. El ingreso de máquinas para abastecer la demanda se hace con un orden prioritario de costos, es decir entran en servicio primero las más económicas hasta cubrir la potencia más la reserva y las que no son requeridas quedan sin operar. En este mercado existe un reconocimiento para la energía en función de los costos de combustible y otro para la potencia que representa los costos fijos.
Mercado Estacional: Se definen dos períodos semestrales en el año, con fechas de comienzo el 1º de mayo y 1º de noviembre relacionados con las épocas de hidraulicidad. En cada período estacional se define un precio estabilizado de la energía, en función de lo que se espera costará durante esos seis meses. Los distribuidores pueden comprar a ese precio y las diferencias que surgen con respecto a los precios reales que se produjeron en el Mercado Spot, se cargan al período siguiente.
Mercado a Término: Se establece entre generador y distribuidor o gran usuario con la firma de un contrato. Se determinan las condiciones de entrega de la energía y de pago, como así también los plazos de vigencia y los resarcimientos de una de las partes por incumplimiento de la otra. Los precios se pactan libremente.

CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista)

CAMMESA es una sociedad civil sin fines de lucro, cuyas acciones están en manos de los agentes que actúan en el Mercado, pero no en forma directa sino a través de sus representantes. Dichas acciones se distribuyen de la siguiente manera:

A - ESTADO: Secretaría de Energía (20%)
B - AGEERA: Asociación de Generadores de la Energía Eléctrica de la R.Argentina (20%)
C - ADEERA: Asociación de Distribuidores de la Energía Eléctrica de la R. Argentina (20%)
D - ATEERA: Asociación Transportistas de la Energía Eléctrica de la R. Argentina (20%)
E - AGUEERA: Asociación de Grandes Usuarios de Energía Eléctrica de la R. Argentina (20%)

La dirección y administración de CAMMESA está cargo de un Directorio integrado por diez titulares, cada uno de los tenedores de acciones designará a dos de ellos. El presidente es el Secretario de Energía y el Vicepresidente es otro representante del Estado Nacional. Existe un Comité Ejecutivo de tres miembros cuyo presidente es el Vicepresidente del Directorio, un miembro es nombrado por los grandes usuarios y el otro por la industria eléctrica (AGUEERA, ADEERA o ATEERA).

Las funciones principales de CAMMESA comprenden la coordinación de las operaciones de despacho, por medio del OED(Organismo Encargado del Despacho), la responsabilidad por el establecimiento de los precios mayoristas y la administración de las transacciones económicas que se realizan a través del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). Además del despacho técnico y económico del SADI, organiza el abastecimiento de la demanda al mínimo costo compatible con el volumen y la calidad de la oferta energética disponible. ( Inciso “B”, Artículo 35, Art. 36 y 37, Ley 24065).

CAMMESA supervisa el funcionamiento del Mercado a Término y planifica las necesidades de potencia. La Compañía también actúa como mandataria de los diversos agentes del MEM en lo relativo a la colocación de potencia y energía. Organiza y conduce el uso de las instalaciones de transporte en el Mercado Spot. Actua como agente de comercialización de la energía y potencia proveniente de importaciones y exportaciones ( «la compra y venta de energía eléctrica desde o hacia el exterior, realizando las operaciones de importación / exportación consecuentes» - Artículo 3º del Anexo I del Decreto Nº 1192 de 1992 ) y de emprendimientos binacionales. También gestiona cobros, pagos o acreditaciones de las transacciones que se celebren entre los agentes del MEM. http://portalweb.cammesa.com/pages/institucional/agentes/estatuto.aspx

ENRE( Ente Nacional Regulador de la Electricidad)

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) es un organismo autárquico encargado de regular la actividad eléctrica y de controlar que las empresas del sector (generadoras, transportistas y distribuidoras Edenor y Edesur*) cumplan con las obligaciones establecidas en el Marco Regulatorio y en los Contratos de Concesión.

Creado en 1993 por la Ley N° 24.065 en el ámbito de la Secretaría de Energía y del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el ENRE debe llevar a cabo las medidas necesarias para cumplir los objetivos de la política nacional respecto del abastecimiento, transporte y distribución de la electricidad. 


Entre los objetivos con los que debe cumplir el ente, se destacan los siguientes:

Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios.

Promover la competitividad en la producción y alentar inversiones que garanticen el suministro a largo plazo.

Promover el libre acceso, la no discriminación y el uso generalizado de los servicios de transporte y distribución.

Regular las actividades del transporte y distribución asegurando tarifas justas y razonables.

Incentivar y asegurar la eficiencia de la oferta y la demanda por medio de tarifas apropiadas.

Alentar la realización de inversiones privadas en producción, transporte y distribución, asegurando la competitividad de los mercados donde sea posible.



*Por Decreto N° 1853/2011, el 16 de noviembre de 2011 Edelap fue transferida a la órbita de la provincia de Buenos Aires. Desde entonces el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) tiene a su cargo las funciones de regulación y control.
http://www.enre.gov.ar/


TRANSENER


La Empresa de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener S.A.es quien tiene a su cargo el transporte y el mantenimiento de la red del SADI, mediante un contrato de concesión. Además, mediante su filial TRANSBA, también tiene a su cargo el transporte troncal de alta tensión de la Prov. de BsAs. Se trata de una empresa privada, cuya composición accionaria se ve a continuación.

Fig. 6 – Composición accionaria de Transener

Consejo Federal de la Energía Eléctrica (CFEE)

El Consejo Federal de la Energía Eléctrica (creado en el año 1960 por ley Nº 15.336 y Decreto Reglamentario Nº 2073 del mismo año) tiene una doble responsabilidad:
De administrador de fondos específicos cuyo destino único es el sector eléctrico y, de asesor del Poder Ejecutivo Nacional y de los Gobiernos Provinciales en lo que se refiere a la industria eléctrica, los servicios públicos, o privados, de energía, las prioridades en la ejecución de estudios y obras, concesiones y autorizaciones, precios y tarifas del sector eléctrico. Debe también aconsejar las modificaciones que requiera la legislación en materia de industria eléctrica.
Para cumplir esta doble función de administrador y asesor en temas relacionados con la política nacional del sector eléctrico y por su carácter de organismo federal, se ha constituido por el Sr. Secretario de Energía o el Subsecretario, en su reemplazo, que lo preside, un representante de la Secretaría de Energía que es, además, Presidente de su Comité Ejecutivo, y dos representantes (un titular y un suplente) por cada una de las Provincias Argentinas. Estos últimos son propuestos por los Poderes Ejecutivos Provinciales y designados por el Secretario de Energía de la Nación.
De esta manera se ha logrado unir en un foro, las realidades de las diferentes jurisdicciones provinciales, situación que permite una amplitud de conocimientos que califican a este organismo para asesorar en lo relativo al desarrollo de políticas energéticas y regulatorias en este nuevo marco institucional. http://www.cfee.gov.ar/perfil-organismo.php

Resolución Nº 95/2013 - Secretaría de Energía - Energía Eléctrica( 22 de mayo de 2013)

El artículo 9º de la presente resolución establece:

"Artículo 9º.- Suspéndase transitoriamente, a partir del dictado de la presente Resolución, la incorporación de nuevos contratos en el Mercado a Término del MEM para su administración por parte del Organismo Encargado del Despacho, salvo aquellos que son producto de las Resoluciones indicadas en el Artículo 1º del presente acto.

Establécese que, una vez finalizados los contratos del Mercado a Término preexistentes al dictado de la presente resolución y con la excepción indicada en el párrafo anterior, será obligación de los Grandes Usuarios del MEM adquirir su demanda de energía eléctrica al Organismo Encargado del Despacho conforme las condiciones que establezca esta Secretaría de Energía a tal efecto.

Los contratos del Mercado a Término que se encuentren vigentes a la fecha de la presente resolución continuarán administrándose conforme a la regulación vigente hasta su finalización, no pudiendo ser 
renovados ni prorrogados."


Acceda a la Resolución S.E. Nº 95/2013 completa en el siguiente link:



23 comentarios:

  1. Viendo esta nota
    http://www.infobae.com/2015/12/28/1779375-medidor-tiempo-real-la-demanda-energia-un-paso-romper-el-record

    llegue atraves de google a tu blog.
    Me gustaría saber si existe esa información, de manera publica, que proporciona infobae para saber la demanda de energía en tiempo real.

    Muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. La demanda es demanda de potencia, y está disponible online en: http://portalweb.cammesa.com/default.aspx

      Eliminar
    2. muchas gracias!!! hace mucho buscaba ese dato!!!
      Excelente blog!
      Feliz año!!

      Eliminar
  2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  4. Estimado, como se podría evaluar la conveniencia (costo) de comprar energía a un GUDI (EDESUR) o transformarse en GUME?
    Trabajo en una industria que se está planteando esta posibilidad, con una potencia contratada de 155 KW punta y 230KW fuera de punta como usuario T3 Baja Tensión a EDESUR.

    Saludos.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Estimado Señor: cuando Kicillof entró a modificar metodologías con su Gente en CAMMESA, me alejé de este tema, encontrándome en este momento desactualizado. No tengo una respuesta segura para darle, pero sugiero que comience por tomar contacto con la gente de CAMMESA.
      Reciba Ud mis disculpas. Saludos.

      Eliminar
    2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
  5. Estimado,

    Buenos dias. Me encuentro en el extranjero realizando una especializacion en energias renovables y trabajando sobre mi tesis de Master: potencial energetico argentino. Encontre muy interesante su blog, con informaciones bien precisas del sector electrico que me ha ayudado mucho para poder desarrollar esta parte de mi trabajo. Queria preguntarle si usted conoce un poco sobre los precios del mercado, y de donde es posible obtener esa informacion. Imagino que la ley debe contener un marco tarifario, aunque cada generador debe negociar de acuerdo al tipo de generacion (no todas las instalaciones y fuentes de energia producen al mismo costo).
    Desde ya muchas gracias por su respuesta.

    Saludos cordiales,

    Joaquina

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
    2. Estimada Joaquina: para obtener precisiones sobre los precios de generación, Ud debería recurrir a CAMMESA. Saludos

      Eliminar
  6. Jorge,

    Muchas gracias.
    Estoy revisando la pagina de CAMMESA, asi como la resolucion 240/03 que fija un tope maximo para el mercado spot. No termina de quedarme del todo claro como se prorratea la diferencia entre ese tope maximo (120$/MWh) y las diferencias de la generacion y llegado el caso, quien lo paga. Voy a seguir leyendo sobre el tema para ver si encuentro mayor claridad al respecto.
    Saludos,

    Joaquina

    ResponderEliminar
  7. Estimado Jorge Andreotti, Deseo realizar unas estimaciones de precios del mercado eléctico de Argentina. En mi búsqueda he llegado a su blog, el cúal me ha proporcionado información muy útil, muchísimas gracias. Me preguntaba si la base de datos del SADI se encuentra públicamente disponible para realizar este ejercicio. De antemano muchísimas gracias. Belen Leveroni

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Quien puede ayudarla con respecto a precios es CAMMESA. En su página web encontrará toda la información mes a mes. Saludos!

      Eliminar
  8. Jorge, necesito me oriente donde encontrar el mapa de la red de alta tension al norte de ciudad de Mendoza, en Altos del Olvido / Costa de Araujo. Necesito saber la distancia de una propuesta de energía por paneles solares a dicha red.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El mapa de la Fig.1 se expande haciendo click sobre él. En la página de CAMMESA encontrará algo más de información. Si no fuera suficiente, le sugiero que recurra a la Distribuidora de la zona, que podrá encontrar en la siguiente nota: http://ingenieroandreotti.blogspot.com.ar/search?q=Distribuci%C3%B3n+de+electricidad+en+Argentina

      Eliminar
  9. HOla Jorge, Consulta. Donde puedo encontrar el grid code argentino? Quisiera leer el documento que establece los parametros tecnicos necesarios de respetar para la correcta interconexion.
    Gracias
    Saludos,
    Sergio

    ResponderEliminar
  10. Donde Puedo encontrar un mapa kmz para la distribucion SADI?

    ResponderEliminar
  11. cual es la función del SIN ( Sistema Interconectado Nacional)????

    ResponderEliminar
  12. Quienes son los responsables de la selectividad de las protecciones en las lineas de 500kV?

    ResponderEliminar
  13. Buenas tardes...Atentos a lo ocurrido el domingo próximo pasado (apagón) En el País y en algunas zonas de Países limítrofes (Brasil-Chile-Uruguay_Paraguay) Que como el mapa energético Argentino muestra, tenemos vinculaciones varias, Idroeléctricas compartidas, líneas complementarias etc. Ante todo éste gran problema sucedido, desearía Sr. Jorge Ignacio Andriotti. Nos realice un análisis Técnico sobre el particular. Como se sabe, han surgido diversas versiones sobre el motivo del mismo; Pero...el más fuerte, es que un corto en una línea de 500Kv. Que ingresan a Bs.As. Desde Yasyretá y Salo Grande. Personalmente, me cuesta mucho creer que un corto en una línea, sea la causa de tal evento. Gracias. Sergio Giménez A.

    ResponderEliminar
  14. Las dos lineas de 500Kv en paralelo que alimentan el SADI (sistema argentino de interconexión eléctrica) desde Yaciretá debe tener una protección de sobrecorriente aproximadamente a un valor de potencia de 20000MW (Parte superior de la curva). Cada linea deberia estar protegida a la mitad por estar en paralelo es decir 10000MW cada una. Al desconectar una de ellas por motivos del desplazamiento da la torre 412, hecho que seguramente se produjo ese domingo a las 7:00 quedó el servicio sobre una sola linea con una carga de 13000MW (linea roja) lo que por supuesto provocó la salida del sistema de Yaciretá y en consecuencia de todas las centrales interconectadas. Todo funcionó perfectamente, no hubo ninguna falla ni sabotage, solamente gran ignorancia del operador que desactivó una de las lineas de 500KV para permitir el desmontaje de la Torre

    ResponderEliminar
  15. Por mi campo pasa linea de 132kw, debo reclamar servidumbre por electroducto. gracias

    ResponderEliminar